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Las Palmas

 C/ Torres nº 10 – 2º ( esquina calle Triana )

 35.002 – Las Palmas de Gran Canaria
Telf:  928 244 935
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  • El seguro marítimo no cubre los daños materiales a una embarcación de recreo cuyo titular carecía del título de patrón de embarcaciones de recreo, hay exclusión de cobertura, porque no se limita el deber de declaración del riesgo al ámbito de un cuestionario previamente elaborado por parte del asegurador.
  • El suicidio si está cubierto por el seguro de vida una vez trascurrido el primer año de la póliza de seguro en base al art. 93 LCS
  • El fallecimiento del trabajador relevado extingue el contrato de trabajo de tal trabajador por fallecimiento, pero no determina el cese del contrato del relevista que se mantiene en sus propios términos hasta la fecha concertada prevista de la jubilación total del relevado o sustituido.

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